La medida que dejó sin efecto el RenaCom fue publicada este martes en el Boletín Oficial y anula las resoluciones 480/2020 y 1653/2022 reglamentadas por el entonces Ministerio de Desarrollo Social.
Según argumenta la resolución, dicho objetivo inicial se alteró debido a los cambios incorporados por el Programa Alimentar Comunidad, que quitó el requisito de estar inscripto en el registro para acceder a los fondos. A partir de ahora, bajo el nuevo esquema de gestión, el acceso a la asistencia alimentaria se verifica con visitas presenciales en los territorios.
El documento justifica que la decisión responde a la necesidad de terminar con la intermediación y “optimizar los recursos públicos en pos de garantizar una utilización eficiente, oportuna, transparente y responsable, que permita brindar atención a necesidades básicas y urgentes de los sectores sociales más vulnerables".