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NACIONALES La Libertad Avanza consiguió en el Senado media sanción de una ley despedazada
07/08/2026 | 29 visitas
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Con una represión descontrolada en las inmediaciones del Congreso para acallar una fuerte presión social, el oficialismo logró la primera aprobación del texto que facilita los desalojos en la Cámara Alta. A último momento, sacaron un segundo capítulo. Tensión con los aliados.
Ya en la madrugada, La Libertad Avanza (LLA) logró la media sanción en el Senado del proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. Una victoria pírrica para las huestes de Javier Milei, ya que el oficialismo tuvo que resignar uno de los capítulos más importantes del texto antes de la sesión y otro apenas un minuto antes de la votación, y dejó para la posteridad la asociación entre esta nueva bandera del Gobierno y una violenta represión policial en las calles como no se veía hace mucho tiempo.


El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada cosechó en general 37 votos a favor y 33 por la negativa. El oficialismo obtuvo el acompañamiento de la Unión Cívica Radical (UCR), el PRO y bloques provinciales como La Neuquinidad o Despierta Chubut. El texto, redactado por el ministro de Desregulación y Modernización del Estado, Federico Sturzenegger, pasó a Diputados.

Ahora quedará para la Cámara Baja debatir los capítulos que recibieron media sanción, principalmente los polémicos que debilitan la capacidad del Estado nacional para avanzar en futuras expropiaciones y la facilitación de los desalojos, una medida que preocupa especialmente a los inquilinos en medio de la actual crisis económica. 

Apenas unos minutos antes de la votación, el nuevo capitulo III, que realizaba modificaciones a la ley de Manejo del Fuego, padeció el mismo final que la sección del proyecto que facilitaba la extranjerización de la tierra, si entraba al recinto. Pasadas las 21, en el oficialismo se persignaban para sostener esa parte del texto, pero con el correr de los últimos discursos quedó claro que LLA perdió el apoyo de algunos de sus aliados, muy molestos con las críticas del senador libertario Joaquín Benegas Lynch.
La negativa no solo era parte del peronismo, sino que en los bloques aliados también permeó el rechazo al capitulo III. "Está viciado de inconstitucionalidad, que va a ser materia de discusión judicial y la seguridad jurídica, que este proyecto viene a buscar, se debilita", sentenció el senador radical Maximiliano Abad.
Tras semanas de mutis, la chubutense Edith Terenzi anunció el rechazo al capitulo III y, se abstuvo en el II, que facilita los desalojos.

Minutos antes de que sean las 14, el horario estipulado para el inicio de la sesión, LLA envío al resto de los bloques la última versión del dictamen de mayoría del proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, con cambios. El texto que llegó a las bancas no tenía el ex capitulo 3 que facilitaba la extranjerización de las tierras y tuvo el rechazo de los aliados y de la presión social. También se incluyó la derogación del artículo 22 TER de la ley de Manejo del Fuego.
"Se recibió el supuesto despacho a las 11.45. Yo me enteré de casualidad", afirmó Mayans, que promovió una moción de privilegio para que el texto redactado en la Casa Rosada vuelva a comisiones. Finalmente, el pedido fue rechazado por 38 votos en contra a 31.
"Hay que cuidar a los aliados", se quejó un senador oficialista por el giro del día anterior de los gobernadores aliados, que pusieron al borde del colapso la totalidad del proyecto. En los pasillos del Senado, voces que conocen la interna de LLA masticaban bronca contra Sturzenegger por el costo político de la defensa del texto.

La tensión se mantuvo a lo largo de toda la sesión. Prueba de ello fue que LLA no consiguió conseguir el apoyo de todos sus aliados pese a la maratónica jornada y, finalmente, apenas unos minutos antes de la votación, tuvo que retirar el segundo capítulo, el que reformaba la ley de Manejo del Fuego. 
Lo que se dijo
"El problema de la Argentina no es la inviolabilidad de la propiedad privada, sino el acceso a la propiedad privada a los pobres", afirmó el senador Justicialista Jorge Capitanich.
Por su parte, Mariano Recalde sostuvo que en el texto el oficialismo "lo que hacen es incluir en los desalojos express a los inquilinos con contrato, por el mero atraso en el pago del alquiler", en "un contexto donde la gente no llega a fin de mes y se endeuda". 
En defensa del proyecto, la senadora de LLA Cármen Álvarez Rivero afirmó: "Necesitamos reglas claras para que las inversiones vengan a la Argentina". A su turno, Juan Carlos Pagotto señaló que "el proceso es la respuesta civilizada, es la respuesta del derecho a determinados conflictos legales o jurídicos".
"Es lo más civilizado que hay, que en lugar de tomar justicia por la mano, tengamos un proceso judicial y sea la justicia quien dictamina", sintetizó.

El borrador 16, que con el retiro del capitulo 3 puede ser conocido como 17, propone criterios más rigidos para las expropiaciones (ley 21.499). En ese sentido, la declaración de utilidad pública será de "interpretación restrictiva y deberá identificar en forma específica y concreta el fin perseguido, y la expropiación del bien deberá ser idónea, necesaria y proporcional para alcanzarlo". También estipula un tope de lucro cesante de un 30% del valor del daño emergente.
Además, incluye modificaciones a la ley Pierri (24.374), por que podrán acceder a pedir un titulo de propiedad quienes ocupen un inmueble de forma pacífica, ostensible y continua durante diez años.
El capitulo II, por su parte, realiza modificaciones al Código Procesal Civil y Comercial y al Código Civil y Comercial. En el artículo 679 del primero, se modifica para establecer que el desalojo de un inmuebles se sustanciará por el procedimiento el juicio sumarísimo, que es más expeditivo que el juicio sumario, que figura en la legislación actual.
También se propone la incorporación al artículo 1222 del Código Civil y Comercial en el que se establece que en caso de falta de pago, el locador tiene diez días de corrido para recibir el pago. En caso de el locatario no cumpla, el propietario "puede iniciar la acción judicial de desalojo, la que debe sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley".

Por otra parte, en el capitulo III (ex capitulo IV)propone modificaciones en la ley de Manejo del Fuego (26.815), en la que se elimina el artículo 22 quáter, que establecía la prohibición durante 30 años de la prohibición de utilizar un suelo que haya padecido incendios.
Además se agregó en el día la derogación del 22 TER que establecía lo señalado en el 22 bis, de que en caso de incendios en bosques nativos o implantados o areas naturales protegidas y humedales se prohibe por 60 años el uso o cambio de propósito de esas tierras.
Finalmente, se establece la creación en la ley de Registro de la Propiedad Inmueble (17.801) de un Consejo Federal de Registros de la Propiedad Inmueble, que promoverá la creación de una Ventanilla Única Federal Inmobiliaria, "consistente en un portal web que permita a los ciudadanos profesionales legitimados solicitar, abonar tasas y recibir informes, certificados y copias expedidas por cualquier registro de la propiedad inmueble del país".
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