El bono extraordinario alcanzará a los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y a los titulares de pensiones no contributivas, entre ellas las otorgadas por invalidez, vejez, madres de siete hijos o más y otras pensiones graciables abonadas por la ANSES.
El decreto establece que quienes perciban hasta un haber mínimo recibirán el bono completo de $70.000. En cambio, quienes cobren un importe superior accederán a un refuerzo proporcional, equivalente a la diferencia necesaria para que el ingreso total alcance los $489.734,71, monto que surge de la suma del haber mínimo más el bono máximo.
Las condiciones para acceder al beneficio
Para percibir el bono, la prestación deberá encontrarse vigente durante agosto, mes en el que se efectuará la liquidación. Además, el refuerzo tendrá carácter no remunerativo, no será susceptible de descuentos y no se computará para ningún otro concepto.
El decreto también aclara que, en el caso de las pensiones con varios copartícipes, el beneficio será considerado como correspondiente a un único titular, por lo que se abonará un solo bono.
Por qué se mantiene el bono extraordinario
En los fundamentos del Decreto 686/2026, el Gobierno sostiene que el refuerzo busca compensar el impacto que tuvo la anterior fórmula de movilidad jubilatoria, establecida por la Ley 27.609, sobre los haberes más bajos.
El texto oficial recuerda que desde julio de 2024 las jubilaciones se actualizan mensualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC. Sin embargo, considera necesario mantener el bono para preservar el poder adquisitivo de los adultos mayores con menores ingresos.
No obstante, el bono extraordinario continúa congelado en $70.000 desde marzo de 2024, por lo que su incidencia dentro del ingreso total de los beneficiarios fue disminuyendo a medida que las jubilaciones se actualizaron por inflación.