El fallo surgió tras la apelación de Alejandro Crespo, titular del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA). La defensa cuestionó el argumento original que omitió la naturaleza laboral de la protesta e instó a los magistrados a revisar la legalidad del lanzamiento.
Los magistrados determinaron que la toma constituye "un conflicto laboral en el marco del cual los operarios de la empresa Fate S.A. han decidido tomar una vía de acción directa e ingresar a la fábrica donde trabajaban en defensa de sus puestos de trabajo". El tribunal ratificó que la huelga es un derecho reconocido por la Constitución Nacional.
La resolución subrayó que un desalojo forzoso en esta instancia causaría un daño irreversible a los derechos de los empleados. Según el acta, "la afectación de un derecho constitucional con relación a los trabajadores, a quienes se lanzaría del inmueble, importaría un gravamen irreparable que justifica ingresar al tratamiento del presente recurso”.