En su fundamentación, el juez destacó que la institución no es solo un laboratorio de alta complejidad, sino una pieza fundamental para el cumplimiento de las obligaciones de reparación del Estado ante crímenes contra la humanidad. La resolución subraya que la normativa vigente impone la continuidad operativa de esta entidad sin interrupciones ni demoras, dada su relevancia en la reconstrucción de la identidad de las víctimas.
En la argumentación de la medida se concluye que “el Banco Nacional de Datos Genéticos reviste carácter de organismo técnico esencial e irremplazable para el esclarecimiento de los hechos investigados, en tanto constituye el perito oficial exclusivo previsto por la Ley 26.548 para la obtención, almacenamiento y análisis de información genética necesaria en causas vinculadas a delitos de lesa humanidad”.
El origen del conflicto: la motosierra sobre los derechos humanos
El origen de este conflicto se encuentra en el brutal recorte del gobierno de Javier Milei al organismo (como a otros muchos vinculados con las políticas de derechos humanos) ya que la asignación proyectada para el ciclo 2026 alcanza apenas poco más de la mitad de lo que el propio organismo estimó como indispensable para cubrir sus costos básicos.
Esta ajuste afecta áreas transversales que van desde la seguridad y el mantenimiento edilicio hasta la conservación técnica de los laboratorios y la cobertura de vacantes en puestos estratégicos de la estructura jerárquica.
La trayectoria del banco ha sido determinante en la resolución de casos históricos de restitución de identidad, permitiendo que numerosas personas recuperaran sus vínculos biológicos originales. Al respecto, el tribunal mencionó experiencias previas donde el aporte científico del BNDG fue el factor decisivo para esclarecer la verdad jurídica en procesos de supresión de estado civil ocurridos en la región.