Portada1
Hoy es: 16-03-2026
Publicidades
Publicidades
Publicidades
Publicidades
Cotizaciones
Enlaces
Publicidades
Tapas de Diarios:
Tapa
Tapa
Tapa
POLITICA La CGT planteó la inconstitucionalidad de la reforma laboral en el fuero del Trabajo
16/03/2026 | 10 visitas
Imagen Noticia
La central de trabajadores presentó una demanda en el fuero laboral contra artículos de la ley que vulneran derechos individuales y colectivos. Los gremios de Aeronáuticos y Judiciales también acudieron a la Justicia. Las dos CTA y diversos sindicatos preparan sus propias acciones legales. Y se multiplican los planteos individuales, sobre todo contra el artículo 55 que fue declarado inconstitucional por un juez en Córdoba.
La Confederación General del Trabajo (CGT) planteó la inconstitucionalidad de una serie de artículos de la reforma laboral en el fuero nacional del Trabajo. Cuestionó aspectos que “vulneran derechos individuales y colectivos”, afirmaron desde la central de trabajadores a El Destape. El caso quedó radicado en el juzgado del Trabajo N° 63 a cargo del magistrado Raúl Ojeda. Los gremios de Aeronáuticos y Judiciales también acudieron a la Justicia. Mientras que las dos CTA y diversos sindicatos preparan sus propias acciones legales en el fuero laboral y se multiplican los planteos individuales, sobre todo contra el artículo 55 que fue declarado inconstitucional por un juez en Córdoba.


La CGT finalmente accionó contra la “Ley de Modernización Laboral” en el fuero laboral. La presentación se realizó luego del amparo que realizó la central de trabajadores en el fuero Contencioso Administrativo Federal para intentar frenar de inmediato el traspaso de la justicia laboral a la Ciudad de Buenos Aires. La presentación en el fuero del trabajo “va por derechos individuales y colectivos” y quedó radicada en el juzgado N° 63. Según reconstruyó este medio no se pidió la inconstitucionalidad de toda la normativa sino “solo de algunos aspectos” de manera “individual y colectiva”.
En una primera instancia había sido asignado el juzgado del Trabajo N° 3 para analizar la demanda. Pero según explicaron desde el fuero laboral a este medio, esto se debió a que el sistema informático adjudica por seteo el mismo juzgado a una persona que ya litigó para que no tenga diferentes juicios en juzgados diversos. Como en este caso se trata de la CGT, la jueza Moira Fullana cuestionó que siempre sea el juzgado 3 que subroga el que intervenga en planteos de la central obrera. Por eso se sorteó por segunda vez y salió asignado el despacho 63 que subroga el juez Ojeda.
La presentación de la CGT en el fuero nacional del Trabajo se dio luego de que se conociera que el juez del fuero Contencioso Administrativo Federal Enrique Lavié Pico rechazó el miércoles una medida cautelar innovativa presentada por al central para intentar frenar de inmediato la disolución del fuero laboral y el traspaso de competencias de la Justicia Nacional del Trabajo a la Ciudad. A pesar del rechazo del amparo, el juez Lavió Pico abrió la discusión del fondo del asunto y le dio traslado de la demanda al Estado para que conteste en 5 días.
En ese fuero, la CGT promovió una acción de amparo contra el Estado para que “se declare la nulidad e invalidez constitucional de los artículos 90 y 91” de la reforma laboral “así como del ‘Convenio de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral del Ámbito Nacional a la Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires’, incluido como Anexo I en la misma”. ¿Qué dicen esos dos artículos? El 90 establece que todo aquel juez laboral que se aparte de los precedentes establecidos por la Corte Suprema será acusado de mal desempeño en sus funciones. Es decir, que podría perder su cargo cuando no es obligatorio fallar de acuerdo a lo establecido por la Corte. Esto se aplica solo para los jueces nacionales del Trabajo pero para ningún magistrado de otro fuero. En el artículo el 91 se establece la “vigencia transitoria de la Justicia Nacional del Trabajo” hasta que se traspase a la Justicia de la Ciudad. Tras el traspaso se deberá implementar “su progresiva disolución”.
Rechazado el amparo para una suspensión inmediata de esos aspectos de la reforma, Lavié Pico se adentró en la cuestión de fondo. Se espera por la contestación del Estado al que el juez ya le dio traslado. El abogado laboralista León Paisek explicó en Radio Re que la resolución del caso puede durar muchos años. Por eso era tan relevante el amparo.

Las otras demandas contra la reforma
A la par de la CGT el sindicato de la Asociación del Personal Aeronáutico (APA) acudió al fuero del Trabajo y planteó la inconstitucionalidad de toda la reforma. Según el escrito, al que accedió El Destape, se trata de un amparo que tiene “por objeto que se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la Ley de Modernización Laboral  Nº 27.802  (B.O. del 06/03/2026) y, en particular, de los artículos 1; 3; 4; 16, 17, 20; 31; 32, 33; 36, 37, 41; 42; 51; 58 a 77; 79, 82; 83; 84; 88; 89; 90 a 93, 101, 103, 131, 136, 137; 138, 139, 142, 143, 144”.
Desde APA, que es representada legalmente por León Piasek, se enfatizó que vulnera el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, tratados internacionales tales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Americana de Derechos Humanos. Y se reclamó que “con carácter de URGENTE se dicte una MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA, que ordene la suspensión de la aplicación de la ley en la partes que se señalan en el presente”.
En la presentación del gremio aeronáutico se resalta que la ley “deroga derechos individuales y  colectivos de manera inconstitucional, como la afectación al derecho de huelga” y “restringe las medidas de acción directa”. También se precisa que “en el aspecto colectivo, la norma afecta la negociación colectiva para cercenar el derecho de representación colectiva, amparando la negociación por empresa y la negociación individual entre trabajadores y empleadores en varios aspectos como las vacaciones, banco de horas, salarios dinámicos, etc”. Y añade que “resulta inconstitucional la cláusula que afecta la ultractividad de los convenios colectivos de trabajo, que desampara a sindicatos y a sus representados, vulnerando en todos los artículos de esta ley el principio de progresividad y no regresividad de los derechos sociales, incluidos los laborales y sindicales”.
Mientras que la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación, que encabeza Julio Piumato, presentó este viernes una acción declarativa de inconstitucionalidad en representación de los judiciales en pos de que se suspenda el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la Ciudad
Se esperan múltiples presentaciones del estilo de la de APA y la UEJN. Por ejemplo, el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), la Asociación del Personal Jerarquizado TV Pública Argentina (APJ) y la Federación de Trabajadores de la Industria Argentina (FETIA) están trabajando en sus respectivas demandas. Lo mismo sucede con el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA) que, según pudo saber este medio, estaba puliendo un escrito donde cuestionará la legislación en varios aspectos y sobre todo la derogación del estatuto del Periodista. Por su parte, las dos CTA preparan una demanda colectiva.
A esto se suma que hay muchos planteos individuales en fuero laboral, es decir, cuestionamientos a la reforma realizados por trabajadores. La mayoría son por la aplicación de artículo 55 que hace al cálculo de las indemnizaciones. Justamente, el primer revés para la reforma del gobierno de Javier Milei provino de la Justicia de Córdoba que declaró inconstitucional ese artículo.

Primer fallo contra la reforma
El juez Ricardo Giletta, de la sala I de la Cámara del Trabajo de Córdoba, declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la reforma laboral, que hace a la actualización de las indemnizaciones, en un caso que inició Mario Alejandro Urbano contra “A. Giacomelli SA” por “el pago de rubros salariales e indemnizatorios”. Se trata de una decisión que solo aplicará para ese caso puntual. Pero sirve de precedente para casos similares. Se trató del primer fallo contra la Ley de Modernización Laboral que cobró notoriedad pública.
La controversia en torno a ese artículo se da porque divide la tasa a aplicar en la indemnización de un trabajador que tenía una demanda iniciada antes de la promulgación de la reforma de los que inician un litigio con posterioridad a su sanción. “El capital histórico se actualizará conforme lo dispuesto por el art. 276 LCT, texto según ley 27.082, esto es, en función de la evolución del índice de precios al consumidor nivel general, con más un 3% mensual desde la mora y hasta el efectivo pago. Si bien el art. 55 de dicha ley establece una pauta diferencial para los juicios en trámite, anteriores a su dictado -tasa pasiva publicada por el BCRA, en cotejo con la evolución del IPC, y que no puede ser inferior al 67% del cálculo según el art. 276-, entiendo que tal diferenciación resulta inconstitucional”, sentenció Giletta.
Consultado por El Destape, el ex camarista laboral Luis Raffaghelli explicó: “Hay dos artículos de la ley, el 54 y el 55, que no tienen coherencia. El 54 dice que los créditos laborales se actualizan por el IPC (precios al consumidor Nivel General que da el INDEC) más el 3% de interés puro anual. Y no aclara más nada pero sería la regla general. Mientras que el artículo 55 se aplica a los juicios en trámite SIN SENTENCIA DEFINITIVA y establece que se aplicará la TASA PASIVA de los intereses MORATORIOS establecida por el BCRA (es la que se paga por depósitos y ya sabemos q pierde frente a la inflación). El mismo artículo agrega que el cálculo que se establezca por esta tasa no puede ser SUPERIOR al IPC + 3%, que es una truchada porque nunca al menos hasta ahora podría ser superior por ende es un TOPE. Y finalmente el artículo 55 también establece un PISO que es el IPC+3 x67% con lo cual establecen el MINIMO en un 33% menos del máximo, una verdadera confiscación y licuación del crédito del trabajador que es mucho dinero en juicios largos”.
Luego, Raffaghelli analizó lo resuelto por el juez Giletta: “Resolvió la inconstitucionalidad del artículo 55 porque discrimina a los trabajadores que hacen juicio respecto de los que no, violando el artículo 16 de la Constitución Nacional de igualdad ante la ley”.
Ante este escenario, el ex camarista concluyó: “Es perverso lo que establece la reforma porque si se está frente a un trabajador que consulta a un abogado se le tendrá que aclarar el riesgo que corre al iniciar el juicio, además de todas las pérdidas que le provoca la nueva ley 27.802”.
Lo resuelto por Giletta servirá de precedente pero no es aplicable a otros trabajadores. De hecho, la Cámara Nacional del Trabajo falló en otro caso en sentido contrario. Lo que deja en claro que la batalla judicial por la reforma judicial recién comienza.
Compartir
Compartir
Compartir
También te puede interesar:
Imagen Noticia
“El Chaco se ordena con producción y trabajo”
El diputado provincial Atlanto Honcheruk publicó en sus redes sociales un diagnóstico sobre la situación económica y social que atraviesa la provincia del Chaco, donde sostuvo que la salida a la crisis debe centrarse en ordenar el Estado, fortalecer la producción local y generar empleo genuino.
» Leer más...
Imagen Noticia
Capitanich habló con dirigentes del SEOCa de Lomas de Zamora y cuestionó las políticas del Gobierno
El senador nacional Jorge Milton Capitanich mantuvo una comunicación con dirigentes sindicales del Sindicato de Empleados y Obreros de Comercio y Afines (SEOCa) de la ciudad de Lomas de Zamora, con quienes analizó la situación política y económica del país.
» Leer más...
Imagen Noticia
Belliboni advirtió que se quitarían casi un millón de planes sociales y anticipó movilizaciones
El dirigente social Eduardo Belliboni advirtió sobre el impacto que podría generar la quita de planes sociales en todo el país y anticipó que las organizaciones sociales podrían convocar a una gran movilización en rechazo a la medida.
» Leer más...
Imagen Noticia
Milei en España para disertar en un foro cripto-libertario
Otra gira partidaria y personal del Presidente, sin agenda bilateral con el Gobierno ni la corona española, en medio del escándalo por los viajes de Adorni.
» Leer más...
Imagen Noticia
Convocan una vigilia por la declaración de Cristina en la causa Cuadernos
La expresidente deberá brindar testimonio el próximo martes en el juicio que investiga presuntas irregularidades en la obra pública durante su gobierno.
» Leer más...
qué te pareció esta noticia?
Nombre:
Comentario:
IMPORTANTE!: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores, sobre quienes pueden recaer las sanciones legales que correspondan. Además, en este espacio se representa la opinión de los usuarios y no de los propietarios de este portal y https://www.xn--elnorteo-j3a.com.ar/. Los textos que violen las normas establecidas para este sitio serían eliminados, tanto a partir de una denuncia de abuso por parte de los lectores como por decisión del editor.
Enviar comentario
Todavía no hay comentarios. Escriba el suyo.
Publicidades
Publicidades
Publicidades
Radio Gualok
Mensajero
Nombre:
Comentario:
Ingrese la suma de 4 + 5:
IMPORTANTE!: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores, sobre quienes pueden recaer las sanciones legales que correspondan. Además, en este espacio se representa la opinión de los usuarios y no de los propietarios de este portal y https://www.xn--elnorteo-j3a.com.ar/.
Enviar mensaje
Marina:
Muy linda la nueva web.. Felicitaciones!
Encuestas
¿Qué te parece la designación de Sergio Massa como SuperMinistro ?
Buena
Excelente
Mala
Muy Buena
Votar
Clima
Weather by Freemeteo.com
Publicidades
Secciones de la web
Nosotros
  • Historia
  • Categorías de noticias
  • AGRO-INDUSTRIA
  • CIENCIA Y TECNOLOGIA
  • CULTURA
  • CURIOSIDADES
  • DEPORTES
  • ECONOMIA
  • EDUCACIÓN
  • EFEMERIDES
  • ESPECTACULO
  • FEMICIDIOS
  • GOBIERNO DE CHACO
  • GREMIALES
  • HIERBAS Y PRODUCTOS NATURALES
  • HORÓSCOPO Y TAROT
  • JUDICIALES
  • MUNDO
  • MUNICIPALIDAD DE SAENZ PEÑA
  • MUNICIPIOS
  • NACIONALES
  • PODER LEGISLATIVO DEL CHACO
  • POLICIALES
  • POLITICA
  • PROVINCIALES
  • SALUD
  • SERVICIO METEOROLOGICO
  • SOCIEDAD
  • UNCAUS
  • VIOLENCIA DE GENERO
  • VIRAL
  • Para contactarse con nosotros
    El Norteño - Diario Digital

    Cel: 3644330039
    Correo: cinthiacardozo64@gmail.com
    Cod. Postal: 3700

    Provincia: Chaco
    Localidad: Pcia. Roque Saenz Peña
    Enlaces
    Mapa
    Desarrollado por VeemeSoft - www.veemesoft.com.ar
    Sombra