Educación: Se restablece la vigencia del artículo 7 de la Ley 26.075 para garantizar la distribución automática de fondos educativos a provincias y municipios.
Aportes Internacionales: Se aprueban pagos al Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) por USD 2,5 millones en tres cuotas anuales y al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por USD 436,9 millones en siete cuotas.
Asimismo el decreto ratifica la emergencia en el sector energético hasta el 9 de julio de 2025, con la continuidad del esquema de reducción gradual de subsidios. La normativa fija un cupo fiscal de $195.000 millones para beneficios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.