Cualquier violación a la normativa prevista por el Artículo 71 del Código Nacional Electoral, deberá ser denunciada y quien la cometiera podría llegar a ser sancionado por la Justicia, si se comprobara la irregularidad.
En caso de que los partidos políticos no cumplan el período de la veda, perderán el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo de entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.
Por último, si no se respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en televisión, radios y medios gráficos, se contempla una multa. Lo mismo para la persona que realice actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.